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Comunicado de la ADE, AMDE, AFD, EXTERIOR es DIVERSO






20 de octubre de 2022




En relación con informaciones publicadas estos últimos días por el diario ABC, que conciernen a las contrataciones de varios cónyuges del personal destinado en las representaciones diplomáticas de España en Washington, la Asociación de Diplomáticos Españoles (ADE), la Asociación de Mujeres Diplomáticas Españolas (AMDE), la Asociación de familias de diplomáticos y funcionarios del Servicio Exterior (AFD), y ExteriorEsDiverso quisieran realizar una serie de consideraciones.


Habiéndose desarrollado estos procesos de selección en cumplimiento escrupuloso de la normativa vigente, tal como ha asegurado el Subsecretario del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Luis Cuesta, no resulta admisible que, argumentándose supuestos favoritismos, sea cuestionado el legítimo derecho que ampara a los cónyuges y parejas de empleados públicos en el exterior de concursar y ser adjudicatarios de un puesto convocado en una oficina en el exterior.


Cabe recordar que los cónyuges y parejas de empleados públicos destinados al exterior y que acompañan a éstos para mejor preservar la unidad familiar ven enormemente perjudicadas sus propias carreras profesionales. En muchas ocasiones, se ven obligados a abandonar sus puestos de trabajo de manera temporal o definitiva y encuentran dificultades legales y prácticas para encontrar trabajo en los países donde son destinados sus cónyuges o parejas, especialmente en algunos países. Además, ello tiene impacto en sus cotizaciones sociales y, en consecuencia, en sus futuras pensiones de jubilación.


No permitirles presentarse a los concursos de puestos ofertados representaría una discriminación y vulneraría los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. No se trata de nepotismo, se trata de conciliación. Las dificultades de conciliación familiar derivadas de esta situación implican que, en muchos casos, los empleados públicos deben decidir entre su familia y optar a las plazas en el exterior. Esto tiene un impacto adicional en la igualdad efectiva entre hombres y mujeres en la Administración General del Estado.


El apoyo a la conciliación que brinda el Servicio Exterior español es prácticamente inexistente, en comparación con los Servicios Exteriores de muchos países de nuestro entorno, que promueven las oportunidades laborales en destino para los cónyuges y parejas de empleados públicos, muchas veces en las propias representaciones diplomáticas y consulares.


Si bien la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado en su artículo 59.2 prevé que los órganos centrales del Servicio Exterior del Estado facilitarán posibilidades de trabajo para los cónyuges y parejas de hecho, y en su artículo 60.2 establece que los empleados públicos de la Administración General del Estado, tendrán preferencia, en el caso de concurrencia con otros aspirantes y siempre que exista igualdad de méritos entre ellos, en la práctica estos mandatos legales no están siendo aplicados.


Paradójicamente, lejos de existir una preferencia en la contratación de estos cónyuges y parejas, lo que se constata es que éstos se ven disuadidos de presentarse a los concursos para evitar sospechas de favoritismo, que el tenor de artículos como los publicados por ABC no hacen sino alimentar.


Más allá del ataque que ello supone al derecho a la conciliación, esta situación merma al propio Servicio Exterior, el cual - conviene recordarlo- se dedica fundamentalmente a servir a la sociedad española. Por un lado, en algunos casos es discriminatorio respecto a personas altamente cualificadas; y, por otro, impediría que muchas plazas laborales ofrecidas por la AGE en el exterior difíciles de cubrir por sus retribuciones poco competitivas, fueran perfectamente desempeñadas por cónyuges y parejas que reúnen mayoritariamente sobrados méritos y capacidades para ello.


Urge por tanto encontrar soluciones a la conciliación en el Servicio Exterior y las asociaciones firmantes instan al Gobierno a dar cumplimiento a las medidas previstas al respecto en la Ley del Servicio Exterior de 2014, que entre otras cuestiones señala la necesidad de que el Ministerio de Hacienda y Función Pública elabore, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, un informe sobre la situación de los cónyuges o parejas de hecho del personal funcionario o laboral desplazado, que no tenga la condición de empleado público, respecto de su posible acceso a cobertura de puestos de trabajo existentes en la Administración General del Estado y sus Organismos dependientes en el exterior.




Firmado,


Junta directiva de la ADE

Junta directiva de la AMDE

Junta directiva de la AFD

Junta directiva de EXTERIOR ES DIVERSO



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